Prevenga su futuro, este al día

Prevenga su futuro, este al día
Tener actualizado el pago de las cuotas del régimen jubilatorio tiene sus beneficios para el afiliado y sus seres queridos.
 Previsión:
Del lat. praevisio, -ōnis.
1. f. Acción y efecto de prever.
2. f. Acción de disponer lo conveniente para atender a contingencias o necesidades previsibles.
La previsión social o Seguridad Social es el campo de los beneficios sociales que se relaciona directamente con el reconocimiento de las necesidades en salud, vejez o discapacidad. Es una protección al individuo de cara al futuro y sus potenciales eventualidades. 
Hoy tener preparados los medios para afrontar futuras contingencias o etapas de la vida no solo lleva tranquilidad a uno sino también a nuestros familiares y seres queridos.  
Si cuenta con los beneficios de la Previsión Social de la Caja de Ingeniería es de fundamental prioridad tenerlos actualizados, ya que ante cualquier importuno usted y quienes lo acompañan estarán debidamente respaldados. 
Las deudas de aportes previsionales pueden repercutirnos cuando menos lo esperamos:
En el momento de solicitar la jubilación ordinaria o por edad avanzada: Si llega al momento de solicitar la jubilación ordinaria con cuotas pendientes, el profesional no podrá acceder a la misma hasta cancelar en forma total lo adeudado.
En el momento de solicitar una prestación extraordinaria: Si el profesional adeuda cuotas de jubilación, no podrá solicitar una jubilación o una pensión por incapacidad ni sus derecho-habientes podrán solicitar el beneficio de pensión por fallecimiento.
En el momento de solicitar un beneficio adicional: Para tener derecho al goce de estos beneficios el afiliado deberá estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones previsionales con la Caja. 
 
¿Qué pasa si el profesional da de baja su matrícula y regresa al Sistema de Previsión Social con posterioridad?
Los afiliados que se reincorporen luego de un año o más de desafiliación adquirirán derecho a las prestaciones extraordinarias (jubilación o pensión por incapacidad y pensión por fallecimiento) luego de un plazo de cuatro (4) años contado a partir de la fecha de reingreso, siempre que el afiliado no adquiera antes de ese lapso el derecho a la jubilación ordinaria.
Para gestionar la jubilación ordinaria solo es necesario cumplir con los requisitos de edad y de aportes, es decir no es necesario estar dentro del sistema al momento de solicitarla.
Si en la actualidad usted cuenta con deuda en sus obligaciones previsionales, debe tener presente las consecuencias y acudir a mecanismos que le permitan afrontar dichos compromisos para evitar que la cantidad se convierta en algo inaccesible.  
 
 
 
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